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_En su fallo, el tribunal ordenó a la señora Ylonka Nacidit Perdomo abstenerse de realizar acciones orientadas a impedir o perturbar el desarrollo de las funciones teatrales de Studio Teatro Wendy Queliz._
*SANTO DOMINGO, R.D. – 8 de mayo 2026*
La Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional emitió la Ordenanza Civil núm. 504-2026-SORD-1061, mediante la cual falló a favor de Wendy Susana Liz Queliz Aquino, propietaria de Studio Teatro Wendy Queliz. En la demanda, representada por el abogado licenciado Carlos Alberto Ramírez Castillo, el tribunal ordenó el cese inmediato de cualquier acto de intimidación, boicot o interferencia que atente contra la producción teatral «El Primer Voto de la Mujer Dominicana en 1942»
En su fallo, el tribunal ordenó a la señora Ylonka Nacidit Perdomo abstenerse de realizar acciones orientadas a impedir o perturbar el desarrollo de las funciones teatrales, incluyendo contactos con patrocinadores, auspiciadores, directivos de espacios culturales y cualquier actuación destinada a obstaculizar la realización de la obra.
Asimismo, la ordenanza establece que, mientras no exista una sentencia definitiva sobre el conflicto de fondo relacionado con derechos de propiedad intelectual, la producción teatral de Studio Teatro Wendy Queliz puede continuar desarrollándose con normalidad.
La pieza teatral “El primer voto de la mujer dominicana en 1942” subirá a escena los días 15, 16 y 17 de mayo de 2026 en Casa de Teatro, como un tributo a la gesta histórica de las sufragistas dominicanas.
La jueza interina Rosa Evelyn Fermín Díaz determinó que las controversias relativas a derechos de autor y registros de nombres comerciales deberán ser conocidas por el juez de fondo, pero que ello no justifica actuaciones que afecten ilegítimamente el libre ejercicio artístico y cultural de la demandante.
El tribunal también valoró que la producción actual utiliza el título El Primer Voto de la Mujer Dominicana en 1942, omitiendo el término “Las Sufragistas”, elemento principal de la controversia planteada por la parte demandada.
La decisión fue declarada ejecutoria provisionalmente y sin fianza, conforme al artículo 105 de la Ley 834 sobre Procedimiento Civil, por lo que sus efectos son de cumplimiento inmediato.
Studio Teatro Wendy Queliz reafirmó su compromiso con el arte, la memoria histórica y la promoción cultural dominicana, agradeciendo el respaldo del público, patrocinadores, artistas y medios de comunicación.


